- En Ecuador, se cumplen dos años sin un reglamento a la Ley de Tránsito.
- Durante el año 2023, se evidenció un promedio mensual de 14 fallecimientos adicionales en comparación con el año 2022, como resultado de siniestros de tránsito.
En el pasado mes de febrero, se cumplieron dos años sin la emisión del reglamento necesario para la aplicación efectiva de la Ley Orgánica de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, lo que se traduce en consecuencias fatales en nuestras vías.
La Coalición por la Movilidad Segura, compuesta por más de 50 organizaciones de la sociedad civil (OSC), alza su voz hacia el Ejecutivo para que tome medidas inmediatas y emita el reglamento correspondiente. Las OSC exigen que este documento contemple sus aportes técnicos con el objetivo de reducir las personas fallecidas y heridas a causa de siniestros de tránsito.
"Dos años después del vencimiento del plazo para expedir el reglamento de la ley, este hecho es un riesgo inaceptable para la seguridad vial en Ecuador. Exigimos al Ejecutivo que asuma su responsabilidad y emita de forma urgente el reglamento", expresó Sofía Gordón, representante de Carishina en Bici y coordinadora de la Coalición por la Movilidad Segura en Ecuador.
Los representantes de la Coalición, comprometidos con la seguridad vial, han aportado con su experiencia técnica, mediante observaciones y participando en mesas técnicas que han sido organizadas por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).
"En repetidas ocasiones, hemos ofrecido sugerencias y observaciones respaldadas por criterios técnicos, con el objetivo de que el próximo reglamento que será emitido verdaderamente contemple disposiciones destinadas a salvar vidas y fomentar la movilidad sostenible", declaró Daniela Chacón, directora ejecutiva de Fundación TANDEM.
Por otro lado, Paola Carvajal, directora de Fundación Movidana, explicó que la propuesta de las OSC se basa en estándares internacionales como Visión Cero, Enfoque de Sistema Seguro y Objetivos de Desarrollo Sostenible. “Nos encontramos a contrarreloj, y la falta de políticas públicas y reglas claras está cobrando vidas en las vías", agregó.
La urgencia de la emisión del reglamento se resalta aún más en la coyuntura actual. De acuerdo a la ANT, en el año 2023 se registraron 20.994 siniestros. Aunque se observa una leve disminución con relación al 2022, donde se reportaron 21.739 siniestros, es preocupante destacar que la cifra de fallecidos aumentó a 2.373, representando un incremento del 8%.
En el año 2023, el promedio mensual de fallecimientos (en sitio) por siniestros viales fue de 198 personas, lo que significa un aumento de 14 víctimas más cada mes en comparación con el año 2022.
Asimismo, se destaca que las principales causas de siniestros de tránsito en 2023 siguen siendo factores relacionados a velocidad (46%), distractores (22%) y conducir bajo efectos del alcohol (7%).
Para Juan Pablo Rosales, representante de la Asociación de Peatones Quito, estas cifras resaltan la urgente necesidad de contar con un reglamento que aborde de manera efectiva los riesgos en la seguridad vial. "Nuestros aportes van dirigidos específicamente a incorporar políticas públicas que aborden el exceso de velocidad, el uso obligado de cinturones de seguridad para todos los ocupantes del vehículo y el control de vehículos de micromovilidad, entre otros aspectos".
La Coalición por la Movilidad Segura reitera su llamado al Ejecutivo para que emita de manera inmediata el reglamento a la Ley de Tránsito, contribuyendo así a la construcción de un entorno vial más seguro para todos los ecuatorianos.
Principales puntos que las OSC exigen que se incluya el reglamento a la Ley de Tránsito:
- Incorporar estándares internacionales que permitan al Ecuador llegar al semáforo en verde de la escala OMS en seguridad vial: incorporar la escala de 0,3gr/l del alcohol en la sangre para conductores, 0,2gr/l para conductores jóvenes de menos de 25 años o que hayan obtenido su licencia en los 4 años anteriores, y 0,1gr/l para conductores de transporte público y comercial (profesionales).
- Establecer límites de velocidad claros, ya que los límites actuales se relacionan con la vía y no con el uso y diseño urbano: 50 km en vías urbanas.
- Incorporar la prohibición de giros a la derecha con semáforo en rojo para evitar choques y atropellamientos.
- Aumentar una salvedad en la obligación de usar puentes peatonales; es decir, que se incluya en el reglamento, “siempre que sean accesibles” y priorizar cruces a nivel.
- Fomentar el uso de la bicicleta y eliminar obligaciones que no responden a estándares internacionales.
- Fomentar el uso de cinturones de seguridad para todos los ocupantes del vehículo y sistemas de retención infantil.
- Establecer un límite de velocidad para los vehículos de micromovilidad, fijando un rango entre 25 y 35 km/h. Estos no deberán transitar por aceras y carecerán de prioridad en ciclovías. Aquellos que excedan estos límites deberán cumplir con las normativas de seguridad estándar, incluyendo el uso obligatorio de casco y la posesión de licencia, equiparándose así a cualquier otro vehículo.